En el ámbito de la Comunidad de Castilla-La Mancha, la regulación fundamental se encuentra recogida en el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Todas las leyes de presupuesto definen este concepto como la representación cuantificada, conjunta y sistemática del límite máximo de gastos que una Administración Pública puede realizar y de los ingresos que se espera obtener.
Según lo estipulado en el artículo 35 de dicho Texto Legal, los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha son la representación cifrada, conjunta y sistemática de:
a) Las obligaciones que, como máximo, pueden ser reconocidas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, así como los derechos que se prevé liquidar durante el ejercicio correspondiente.
b) Las estimaciones de gastos e ingresos que deben realizar las empresas públicas que forman parte del sector público regional.
c) La totalidad de los gastos e ingresos de las demás entidades del sector público regional mencionadas en el artículo 4 del Decreto Legislativo 1/2002.
Asimismo, los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha incluyen:
a) El presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos autónomos.
b) Los presupuestos de las empresas públicas que forman parte del sector público regional.
c) Los presupuestos del resto de entidades del sector público regional mencionados en el artículo 4 del Decreto Legislativo 1/2002.
En los Presupuestos Generales debe reflejarse el monto de los beneficios fiscales que afectan a los tributos atribuidos a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
De lo anterior, se concluye lo siguiente:
a) Todos los Presupuestos Generales de las Comunidades Autónomas se aprueban con rango de ley. Por ejemplo, los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla-La Mancha para el ejercicio de 2021 fueron aprobados por la Ley 11/2020, de 28 de diciembre. b) El presupuesto tiene carácter anual, es decir, cada año se aprueba la Ley de Presupuestos. Si no se aprueba, se prorrogan los presupuestos del ejercicio anterior, como veremos más adelante.
c) La ley mencionada establece un límite para los gastos, mientras que las partidas de ingresos son meras estimaciones.
d) El plan presupuestorio (el Presupuesto) se presenta en cifras, es decir, en términos contables.
e) El Presupuesto organiza las partidas de gastos e ingresos de manera sistemática, siguiendo una estructura determinada que veremos más adelante.
f) El plan presupuestario incluye de manera conjunta todos los ingresos y gastos de la Administración.
g) Los presupuestos se refieren al sector público, y los de la Comunidad de Castilla-La Mancha están compuestos por:
- El presupuesto de las Cortes de Castilla-La Mancha.
- El presupuesto de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- El presupuesto de los siguientes organismos autónomos:
1. Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha.
2. Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
3. Agencia del Agua de Castilla-La Mancha.
4. Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
También se incluyen los presupuestos de las siguientes entidades públicas:
1. Entidad Pública Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.
2. Ente Público Radio Televisión de Castilla-La Mancha.
3. Entidad Pública Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha.
Asimismo, se contempla el presupuesto de explotación y capital de las siguientes empresas públicas:
1. Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A.
2. Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, SA, junto con sus sociedades dependientes.
3. Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.
4. Sociedad para el Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, S.A.
5. Radio Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU
6. Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU
Además, se incluyen los presupuestos de explotación y capital de las siguientes fundaciones públicas regionales:
1. Fundación Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha.
2. Fundación Centro Tecnológico del Metal de Castilla-La Mancha.
3. Fundación Impulsa Castilla-La Mancha.
4. Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha.
5. Fundación del Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración.
6. Fundación Patronato de la Semana de Música Religiosa de Cuenca.
7. Fundación Colección Roberto Polo.
8. Jurado Arbitral Laboral de Castilla-La Mancha.
9. Fundación Castilla-La Mancha, Tierra de Viñedos.
Asimismo, en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2021 se integran los de aquellas otras entidades que, aunque no hayan sido mencionadas anteriormente, forman o pasarán a formar parte del sector público regional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
Estructura
De acuerdo con el artículo 2 de la Ley de Hacienda de nuestra Comunidad, la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha está compuesta por el conjunto de derechos y obligaciones de carácter económico cuya titularidad corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Por otro lado, el artículo 8 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda asigna a la Consejería de Economía y Hacienda la responsabilidad de elaborar y presentar ante el Consejo de Gobierno el anteproyecto de la Ley de Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha.
Los presupuestos se organizan en un estado de gastos y un estado de ingresos, según lo dispuesto en los artículos 38 y 39 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. Además, la Orden 90/2020, de 26 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, establece las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021.
El presupuesto de gastos, que incluye los créditos necesarios para atender las obligaciones, se clasifica de acuerdo con:
a) Estructura orgánica, que distribuye los créditos presupuestarios por secciones.
Las secciones presupuestarias agrupan los programas de gasto según la organización administrativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Estas secciones presupuestarias pueden desglosarse en órganos gestores, que son las unidades orgánicas con una diferenciación presupuestaria específica y con responsabilidad en la gestión de los programas.
Los órganos gestores, cuando corresponda, podrán dividirse en centros gestores:
– 02. Cortes de Castilla-La Mancha.
– 04. Consejo Consultivo.
– 06. Deuda Pública.
– 07. Créditos Centralizados.
– 11. Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
– 15. Hacienda y Administraciones Públicas.
– 17. Fomento.
– 18. Educación, Cultura y Deportes.
– 19. Economía, Empresas y Empleo.
– 21. Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
– 23. Desarrollo Sostenible.
– 26. Sanidad.
– 27. Bienestar Social.
b) La estructura funcional y por programas de gasto organiza los créditos presupuestarios de acuerdo con las metas u objetivos que se
La asignación de recursos se realizará dentro de una estructura programática que se ajusta a los contenidos de las políticas de gasto. Esta estructura define claramente las áreas de actuación del presupuesto, y permitirá a los responsables de la gestión
1°. Establecer los objetivos y metas que la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las demás entidades del sector público regional.
2°. Identificar las actividades necesarias para cumplir con esos
3°. Evaluar el costo presupuestario de la implementación de los programas seleccionados
4°. Definir indicadores cuantitativos que permitan realizar un seguimiento de la ejecución presupuestaria
5°. Elegir los proyectos que se incluirán en el presupuesto según su rentabilidad económica y social, detallando aquellos que serán financiados con fuentes específicas
Los programas de gasto se agruparán en función de su naturaleza en grupos de función, funciones y subfunciones. Estos grupos se clasifican de la siguiente manera:
- Grupo de función 1: Servicios de carácter general.
- Grupo de función 2: Defensa, Protección civil y seguridad ciudadana.
- Grupo de función 3: Seguridad, protección y promoción social.
- Grupo de función 4: Producción de bienes públicos de carácter social.
- Grupo de función 5: Producción de bienes públicos de carácter económico.
- Grupo de función 6: Regulación económica de carácter general.
- Grupo de función 7: Regulación económica de sectores productivos.
- Grupo de función O: Deuda Pública.
c) Dentro de los créditos destinados a gastos corrientes, se distinguen los siguientes capítulos:
1. Gastos de personal.
2. Gastos en bienes corrientes y servicios.
3. Gastos financieros.
4. Transferencias corrientes.
Los créditos destinados al Fondo de Contingencia, así como otros para cubrir necesidades no previstas, se agrupan en el capítulo 5, denominados Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
En cuanto a los créditos para gastos de capital, estos se clasifican en los siguientes capítulos:
6. Inversiones reales.
7. Transferencias de capital.
8. Activos financieros.
9. Pasivos financieros.
d) Las asignaciones financieras correspondientes a los capítulos 4, 6 y 7 de la clasificación económica de gastos se organizarán en proyectos de gastos. Estos proyectos consisten en un conjunto de acciones orientadas a alcanzar un objetivo específico, que debe estar claramente identificado y diferenciado del resto.
Cada proyecto de gastos deberá contar con una fuente de financiación específica para cubrir los créditos asignados. La presupuestación de aquellas acciones que cuenten con una fuente de financiación concreta se realizará a través de la funcionalidad “Gastos con financiación afectada” del sistema de información económico-financiera Tarea.
La estructura territorial se refiere a la organización de los proyectos de inversión pública. Estos proyectos se detallarán en un anexo al presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 41.e) del texto reembolsado de la Ley de Hacienda.
Antes de ser presupuestados y enviados a través del sistema Tarea, los proyectos de inversión pública que se incluirán en dicho anexo deben ser registrados en el sistema de información de inversiones PRI ( https://inversiones.jccm.es/ ), donde se les asignará un código identificador de proyecto (Id PRI).
La denominación de los proyectos de inversión debe ser clara y precisa, identificando con la mayor exactitud posible el tipo de inversión, el órgano gestor responsable y el ámbito territorial al que se destina la inversión.
Los estados financieros de las entidades instrumentales mencionadas en el artículo 2.b) se organizarán mediante los presupuestos de explotación y capital.
Por otro lado, las previsiones incluidas en los estados de ingresos de los Presupuestos Generales se estructuran utilizando las organizaciones orgánicas y económicas:
a) La clasificación orgánica separa los ingresos según las secciones correspondientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
b) La clasificación económica agrupa los ingresos distinguiendo entre corrientes y de capital, de acuerdo con los siguientes criterios:
- En los ingresos corrientes se identifican los siguientes capítulos:
1. Impuestos Directos.
2. Impuestos Indirectos.
3. Tasas, Precios Públicos y otros ingresos.
4. Transferencias corrientes.
5. Ingresos Patrimoniales.
- En los ingresos de capital se distinguen los siguientes capítulos:
6. Enajenación de inversiones reales.
7. Transferencias de capital.
8. Activos financieros.
9. Pasivos financieros.
c) Los capítulos se dividen en artículos; estos, a su vez, se desglosan en conceptos y, si es necesario, en subconceptos.
Estructura del presupuesto de ingresos:
El presupuesto de ingresos, que incluye las estimaciones de los diferentes derechos económicos a recaudar durante el ejercicio, se organiza según unidades orgánicas y categorías económicas.
Elaboración, aprobación y prórroga
El ciclo presupuestorio se refiere al estudio de las distintas etapas que el Presupuesto atraviesa a lo largo de su vida.
Este ciclo presupuestario incluye varias fases:
- Preparación (a cargo del Gobierno).
- Aprobación (a cargo del poder Legislativo).
- Ejecución (a cargo del Gobierno).
- Control (a cargo del poder Legislativo).
La duración del ciclo puede variar considerablemente según las prácticas políticas de cada país, aunque en los países occidentales suele ser de aproximadamente tres años.
Al analizar estas fases del ciclo presupuestario, además de considerar las diferentes acciones involucradas, que se estudiarán a continuación, es importante señalar lo que establece el artículo 51 del Estatuto de Autonomía para Castilla-La Mancha:
«Corresponde al Consejo de Gobierno la elaboración y aplicación del presupuesto de la Comunidad Autónoma ya las Cortes de Castilla-La Mancha su examen, aprobación y control».
El Consejo de Gobierno debe presentar el proyecto de Presupuesto a las Cortes antes del 1 de octubre de cada año. Si los Presupuestos Generales de la Comunidad no son aprobados antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se prorrogarán automáticamente los presupuestos anteriores.
El Texto Refundido de la Ley de Hacienda establece una serie de reglas respecto al procedimiento de elaboración del anteproyecto de Ley de Presupuestos, las cuales se detallan a continuación.
Además, como se mencionó anteriormente, cada año se emite una Orden que define tanto la estructura del Presupuesto del siguiente ejercicio como las normas para su elaboración.
El procedimiento para la elaboración del Anteproyecto de los Presupuestos Generales, la documentación requerida en cada caso, y los plazos para su presentación serán establecidos por una Orden del titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Para el año 2021, se aprobó la Orden 90/2020, de 26 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, que establece las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Las Consejerías y otros órganos con asignaciones diferenciadas en los Presupuestos Generales deberán enviar a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas sus correspondientes propuestas de gastos, ajustadas a las normas que los regulan ya las directrices del Consejo de Gobierno.
Las Consejerías enviarán a la Consejería de Economía y Hacienda los anteproyectos de presupuestos de los organismos autónomos que estén bajo su adscripción. De igual manera, las empresas públicas y otras entidades del sector público regional deberán remitir sus respectivos anteproyectos de presupuesto.
La Consejería de Economía y Hacienda se encargará de elaborar el anteproyecto del estado de ingresos, calculando en las estimaciones proporcionadas por las Consejerías y otros órganos con dotaciones diferenciadas.
Con las propuestas de gastos y las estimaciones de ingresos, la Consejería de Economía y Hacienda elaborará el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y lo presentación al Consejo de Gobierno para su aprobación.
Las empresas públicas que forman parte del sector público regional deberán preparar y enviar anualmente a la Consejería de Economía y Hacienda un programa de actuación, inversiones y financiación, ajustándose al contenido y plazo de presentación que se establece mediante una Orden del Consejero de Economía y Hacienda. .
El anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales deberá ir acompañado de la siguiente documentación complementaria para facilitar su examen por las Cortes de Castilla-La Mancha:
a) Los créditos iniciales y su financiación, con la posibilidad de que los créditos se detallen a nivel de subconcepto para facilitar el estudio del proyecto de ley.
b) Memorias explicativas de cada una de las secciones de gasto, incluyendo objetivos, actividades e indicadores de los programas de gasto.
c) Un avance del estado de ejecución del presupuesto del ejercicio en curso.
d) Un informe económico y financiero.
e) Un anexo que detalla los proyectos de inversión pública, indicando el destino de la inversión y, si es aplicable, la inversión realizada en ejercicios anteriores y la inversión pendiente para ejercicios futuros.
f) Un anexo con las nuevas contrataciones sujetas a la legislación de contratación del sector público superior a 60.000 euros, previstas para el ejercicio del proyecto de presupuestos.
g) El inventario general de la Comunidad, actualizado al 31 de diciembre del ejercicio anterior.
h) La plantilla presupuestaria del personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
i) Un informe sobre el impacto de género.
j) Una memoria sobre el impacto presupuestario en los objetivos de desarrollo sostenible contemplados en la Agenda 2030.
k) Un informe sobre el impacto presupuestario en la infancia.
El proyecto de Ley de Presupuestos Generales, junto con la documentación complementaria mencionada, será remitido a las Cortes de Castilla-La Mancha antes del 1 de octubre del año anterior al que corresponda dicho proyecto.
Para facilitar el estudio del proyecto de Ley de Presupuestos por parte de las Cortes, los créditos consignados en el mismo se detallarán a nivel de subconcepto.
Si la Ley de Presupuestos Generales no es aprobada antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se prorrogarán automáticamente los presupuestos iniciales del ejercicio anterior hasta que se aprueben y publiquen los nuevos en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
La prórroga no afectará a los créditos para gastos destinados a actuaciones que deban concluir en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan, o aquellos financiados con créditos u otros ingresos específicos o afectados, y que se ajusten a la organización administrativa vigente para el ejercicio en que deba ejecutarse el presupuesto prorrogado. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, regulará mediante Decreto las condiciones específicas a las que deberá ajustarse la prórroga de los presupuestos.
Ejecución
La fase de ejecución del Presupuesto implica, principalmente, que la Administración utilice las asignaciones presupuestarias aprobadas por el Parlamento para los distintos programas de gastos y se obtengan los recursos necesarios para financiar estos gastos.
La responsabilidad de ejecutar el Presupuesto recae en el Ejecutivo. Tanto la Ley de Hacienda como las Leyes de Presupuestos se refieren a las dos fases de la ejecución presupuestaria: la gestión de los ingresos y la gestión de los gastos. En este contexto, se autoriza la Orden 205/2020, de 30 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, que establece las normas para la ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021.
El objetivo de los gestores públicos al utilizar los créditos del estado de gasto del Presupuesto es adquirir bienes y servicios que beneficien al interés general. Sin embargo, estas decisiones de gasto deben tomarse respetando los principios de legalidad, oportunidad y competencia. Es decir, deben seguir un procedimiento administrativo establecido, adoptarse en el momento más adecuado para el interés general, y ser llevados a cabo por quienes tengan la competencia legal para hacerlo.
El procedimiento administrativo para la ejecución del gasto público se divide en dos etapas:
a) Ordenación del gasto: en esta etapa, el responsable del gasto (como los Consejeros o el Presidente de un Organismo Autónomo) toma decisiones para adquirir bienes y servicios para la sociedad. Para ello, utilice los créditos del Presupuesto de Gastos, los cuales garantizan las obligaciones que la Administración asuma con los proveedores de esos bienes y servicios.
b) Ordenación del pago: en esta fase, el responsable del pago (Tesorero) realiza las transferencias de fondos necesarias para que la Administración cumpla y liquide las obligaciones asumidas en la etapa anterior.
Dentro de cada una de estas etapas del procedimiento de ejecución del gasto público, se identifican distintas fases o actos específicos, así como los documentos contables relacionados con ellos. Estos están desarrollados en la Orden de 29 de enero de 2007, que aprueba la instrucción de operativa contable para la ejecución del presupuesto de gastos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. A continuación, se detallan estos aspectos.
Ordenación del gasto
a) Autorización del gasto: La autorización del gasto es un acto administrativo mediante el cual la autoridad competente para gestionar un gasto, con carga a un crédito presupuestario, da su aprobación para que se lleve a cabo. Esto implica determinar la cantidad de manera precisa o, si no es posible calcularla exactamente, de la forma más aproximada posible, reservando para ello la totalidad o una parte del crédito presupuestario.
Las acciones necesarias para autorizar la realización de un gasto se registrarán en un expediente de gasto, al que se adjuntará el documento A correspondiente a la autorización del gasto.
Si al iniciar el expediente de gasto se realizó una retención del crédito correspondiente, en el documento A se deberá indicar que la autorización del gasto se realiza sobre créditos previamente retenidos, especificando el número de expediente del documento RC tramitado al inicio del expediente de gasto.
Los documentos A, junto con la documentación justificativa de la operación, deben ser enviados a la Intervención correspondiente. El documento A se contabilizará una vez que el gasto haya sido autorizado.
Existen diferentes tipos de documentos de autorización de gastos A, dependiendo del acto administrativo para el que se autoriza el gasto y de si el expediente de gasto comienza con la autorización o se refiere a una retención de crédito previa.
- Autorización de gastos.
- Autorización de gastos contractuales.
- Autorización de gastos de tramitación anticipada.
- Autorización de gastos de tramitación anticipada contractual.
- Autorización de gastos plurianual.
- Autorización de gastos plurianuales contractuales.
b) Compromiso o disposición del gasto: El compromiso de gastos, también conocido como disposición, es un acto administrativo en el cual la autoridad competente acuerda o concierta con un tercero, según corresponda, la realización de obras, la prestación de servicios, transferencias, subvenciones, etc., que previamente han sido autorizados, tras cumplir con los trámites requeridos según la normativa vigente.
Una vez que se ha comprometido el gasto, el órgano gestor emitirá el documento D correspondiente al compromiso de gasto.
Los documentos D, junto con la documentación justificativa de la operación, deben ser enviados a la Intervención correspondiente.
Existen diferentes tipos de documentos de compromiso de gastos D, de acuerdo con el acto administrativo para el que se compromete el gasto. Estos modelos coinciden con los de autorización.
- Disposición de gastos.
- Disposición de gastos contractuales.
- Disposición de gastos de tramitación anticipada.
- Disposición de gastos de tramitación anticipada contractual.
- Disposición de gastos plurianuales.
- Disposición de gastos plurianuales contractuales.
c) Reconocimiento de obligación: El reconocimiento de la obligación es un acto administrativo mediante el cual la autoridad competente acepta formalmente, con carga al presupuesto, una deuda a favor de un tercero como resultado de que este haya cumplido con la prestación a la que se había comprometido, siguiendo el principio de “servicio hecho”. En el caso de obligaciones no recíprocas, el reconocimiento se realiza como consecuencia del nacimiento del derecho del tercero, según lo establecido por la ley o por un acto administrativo que le otorgue dicho derecho conforme a la legislación vigente.
Antes de proceder al reconocimiento de las obligaciones, se debe acreditar documentalmente ante el órgano gestor competente la realización de la prestación o el derecho del acreedor, de acuerdo con los acuerdos que previamente autorizaron y comprometieron el gasto, salvo las excepciones legalmente reconocidas.
Una vez que se acuerda el reconocimiento de la obligación, el órgano gestor competente emitirá un documento O, que junto con la documentación justificativa correspondiente, será enviado a la Intervención pertinente.
Si la normativa aplicable no requiere un reconocimiento formal de la obligación en un acto separado siguiendo un modelo previamente establecido, la firma del documento contable o por parte del órgano competente será equivalente al acto administrativo de reconocimiento de la obligación.
d) Propuesta de pago: cualquier acto que implique el reconocimiento de una obligación llevará implícita una propuesta de pago correspondiente.
Una vez que los documentos contables que incluyan la fase de Obligación (O) estén registrados, se transferirán electrónicamente al ordenador de pagos, quien será responsable de efectuar el pago de las obligaciones reconocidas, siguiendo las normativas aplicables.
Los documentos que se utilicen para ordenar las transferencias bancarias o la emisión de cheques servirán también como justificantes de la fase de ordenación del pago.
El pago material será acreditado mediante una comunicación de la entidad financiera confirmando que se ha realizado el pago, a través de medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
La acumulación en un solo acto administrativo de dos o más fases de ejecución de gastos presupuestarios producirá los mismos efectos que si dichas fases se aprobaran en actos administrativos separados.
Para la expedición de documentos contables, cuando la autorización y el compromiso de gasto se acuerden en un único acto, se emitirá un documento AD.
Existen diferentes modalidades de documentos mixtos de autorización y disposición de gastos AD, según el acto administrativo que autorice y disponga el gasto, y dependiendo de si el expediente de gasto se inicia con la autorización y disposición o si está precedido por una retención de crédito.
Las modalidades incluyen:
- Autorización y disposición de gastos
- Autorización y disposición de gastos contractual
- Autorización y disposición de gastos de tramitación anticipada
- Autorización y disposición de gastos de tramitación anticipada contractual
- Autorización y disposición de gastos plurianual
- Autorización y disposición de gastos plurianual contractual
Cuando en un solo acto se acumulen la autorización del gasto, su compromiso y el reconocimiento de la obligación, se emitirá un documento ADO. Existen dos tipos de documentos ADO, dependiendo de si el expediente se inicia con la emisión del ADO o si existe una retención de crédito previa.
En el caso de que durante la tramitación de las operaciones mencionadas en las reglas anteriores de Autorización y Disposición sea necesario complementar alguna de las fases de gasto descritas, se tramitarán, de acuerdo con dichas reglas, mediante los documentos contables complementarios A+, D+ y AD+, debiendo indicar en ellos el número de expediente de los documentos a los que complementan.
También es necesario mencionar los documentos relacionados con las modificaciones presupuestarias:
- Documentos T, para transferencias de crédito: Al crear el documento T preliminar de un expediente de transferencia de crédito, los montos de las aplicaciones que se van a reducir se bloquearán, impidiendo su disponibilidad.
- Documentos TD, o de distribución de créditos a centros de gasto: Cuando los responsables de los centros gestores de gasto, en virtud de las delegaciones o desconcentraciones de competencias a favor de sus centros de gasto, distribuyan los créditos y deseen utilizar el sistema de información económico-financiero para llevar un seguimiento contable de los créditos distribuidos, emitirán y registrarán los documentos TD de distribución de crédito.
Las distribuciones de crédito no requieren un informe de la Intervención correspondiente, ya que no se consideran modificaciones presupuestarias, sino una simple redistribución de los créditos, en la cual permanecen inalteradas la clasificación orgánica a nivel de órgano gestor, la funcional y la económica.
- Documentos MC, de modificación de técnicas o de créditos: Estas son variaciones en la estructura, contenido y distribución de los créditos del presupuesto, que no afectan la cuantía de la dotación autorizada por la Ley de Presupuestos en el ejercicio en curso. Este tipo de operaciones se documentarán con los documentos MC y MC/ de modificación técnica, y serán autorizadas por la Intervención General y/o la Dirección General de Presupuestos y Planificación Económica, según corresponda.
- Documentos RC: Al iniciar la tramitación de un expediente, si el órgano gestor propone un documento RC, de retención de créditos para gastar, y lo envía a la Intervención competente, la contabilización y firma de dicho documento confirmará la existencia de crédito disponible para el gasto propuesto en el ejercicio en curso.
Existen diferentes tipos de documentos RC según el acto administrativo para el cual se retiene el crédito:
- Retención de crédito para gastar.
- Retención de crédito de no disponibilidad.
- Retención de crédito para tramitaciones anticipadas.
- Retención de crédito para gastos plurianuales.
- Retención para gastos de liquidaciones de obra y expropiaciones.
Liquidación del presupuesto:
El último día del ejercicio presupuestario se procederá al cierre y liquidación de los presupuestos. Todos los derechos pendientes de cobro y las obligaciones pendientes de pago al momento de la liquidación del presupuesto serán asumidos por la Tesorería, de acuerdo con sus respectivos compromisos.
A tal fin, la Consejería de Economía y Hacienda emitirá las normas de cierre del ejercicio presupuestario. La Orden 19/2020, de 20 de noviembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, regula las operaciones de cierre del ejercicio 2020 y de apertura del ejercicio 2021, en relación con la contabilidad de gastos e ingresos públicos. Para consulta, se recomienda revisar la mencionada Orden, la cual estará disponible a través del Campus de esta categoría.


