3. Plan de Salud de Castilla La Mancha.

 

El Sistema Sanitario de CLM tiene como objetivo último la mejora del nivel de salud individual y colectiva o, en su caso, su mantenimiento o recuperación, a través de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de que disponen las Administraciones públicas de la comunidad autónoma y otras instituciones y entidades privadas vinculadas al sistema.

A través del Plan de Salud se realiza el análisis de los problemas de salud y de la atención sanitaria de la comunidad autónoma y de sus recursos. Este análisis es necesario para que el sistema sanitario esté dentro del ciclo de evaluación continua que se nombra dentro de los principios informadores que hemos visto en el apartado anterior.

La lógica es la siguiente: para poder mejorar se debe de analizar qué está fallando, qué está funcionando y sobre todo, qué problemas tiene la población que no están siendo atendidos o que están siendo atendidos de forma insatisfactoria. Además, el estudio de las necesidades sanitarias de la población pretende que la Administración sea previsora y pueda lanzar campañas de prevención así como gestionar sus recursos para esa cubrir esa necesidad.

A todo ello, responde el Plan de Salud de Castilla La Mancha, que se encuentra regulado en los artículos 15, 16 y 17 de la ley de ordenación sanitaria, que veremos a continuación.

 

3.1 Definición y objetivos.

 

• Artículo 15 Definición y Objetivos.

El Plan de Salud es el instrumento de planificación estratégica, dirección y ordenación del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha. Su vigencia será fijada en el propio Plan[9], que establecerá:

  1. Las orientaciones básicas[10] y actuaciones fundamentales del Sistema Sanitario de la Comunidad Autónoma y el conjunto de actuaciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
  2.  Los compromisos principales de las entidades prestadoras de servicios sanitarios en el desarrollo de los objetivos y prioridades de atención a la salud.

[9] El Plan de Salud actual tiene una vigencia de 2019-2025.

[10] Las orientaciones básicas se refieren a la posición o dirección fundamental que va a guiar las actuaciones de la administración.

 

➢ Puntos clave:
o ¿Qué es?
El Plan de Salud de Castilla-La Mancha (PS) es el instrumento de planificación estratégica, dirección y ordenación del Sistema Sanitario.

o ¿Qué hace?
Establece las orientaciones básicas, actuaciones fundamentales del Servicio de Salud y los compromisos principales de las entidades prestadoras de servicios sanitarios en el desarrollo de los objetivos y prioridades de atención a la salud del Gobierno de la región.

A modo de ejemplo, en el plan vigente se identifica lo siguiente.

 

 

3.2 Contenido del Plan de Salud.

 

El Plan de Salud es un documento muy importante, ya que en él se van a establecer las orientaciones y actuaciones del Servicio de Salud. La Administración no tiene libertad para establecer el contenido del plan a su libre albedrío, sino que deberá ajustarse al mandato que la ley de ordenación sanitaria contempla en el artículo 16.

 

• Artículo 16 Contenido.

  1. El Plan de Salud contemplará:

a) El análisis de los problemas de salud y de la atención sanitaria de la Comunidad Autónoma y de la situación de los recursos existentes

b) La evaluación de los resultados de Planes anteriores.[11]

c) La definición de los objetivos de atención a la salud.[12]

d) La definición general de los programas principales de actuación.[13]


[11] Siempre, en el Plan de Salud se hará una evaluación del Plan anterior y se establecerá una metodología de trabajo. Este punto se contempla en el vigente Plan de Salud de la siguiente manera:
“Tras la evaluación del plan de salud anterior, la Comisión realizó una revisión de los enfoques desarrollados por otras CCAA en sus respectivos planes de salud, posteriormente se elaboró el análisis actualizado de la situación de salud en CLM, en el que se han tenido en cuenta:
– Los principales determinantes de salud, el estado de salud de la población y las características del sistema sanitario.
– Los problemas emergentes.
– Las oportunidades de mejora.
Se realizó un estudio de prioridades, en base a:
– La magnitud y distribución de los problemas de salud.
– La repercusión en la calidad de vida de los grupos afectados.
– Las desigualdades y grupos de especial vulnerabilidad.
– Las inequidades de género.
– Los recursos disponibles (sanitarios y otros complementarios).
(…)
– Los valores y principios de la política de salud.
Se reflexionó sobre el conocimiento y la capacidad real de intervención sobre los problemas priorizados, seleccionando aquellos a los que se pueda dar respuesta con eficacia y eficiencia en el marco temporal del PS, formulando posteriormente las estrategias consideradas de mayor impacto y trascendencia sanitaria y social y los objetivos del PS. Se han definido 4 líneas estratégicas y 17 objetivos estratégicos; así como las líneas generales de 9 planes específicos en las áreas identificadas como de especial relevancia. El enfoque participativo del PS tiene como finalidad incorporar el conocimiento de los profesionales sobre los procesos internos, dar mayor coherencia a la planificación y la práctica, contar desde el principio con los líderes que después pondrán en marcha las intervenciones, mejorar la calidad del análisis y de la toma de decisiones y fortalecer la organización en todos sus niveles

[12] En el actual plan, se identifican como principales retos:
Los principales retos a los que se enfrenta actualmente el sistema sanitario en nuestro contexto tienen que ver con:
1. La tendencia demográfica de envejecimiento.
2. La baja densidad y dispersión de la población.
3. Los patrones epidemiológicos tendentes al aumento de la cronicidad y la pluripatología.
4. La necesidad de una gestión más eficiente de los recursos.
5. Las mayores exigencias de calidad y seguridad en la atención.
6. La disminución de las desigualdades en la atención sanitaria.
7. La introducción y adecuada explotación de las tecnologías de la información y comunicación (TIC).
8. El reciclaje y motivación del factor humano como sostén del sistema.
9. El adecuado dimensionamiento de los recursos humanos y tecnológicos.
10. Promover y conseguir la equidad de género en salud.

[13] El PS hay que bajarlo a tierra, hay que implementarlo, para ello se define una estructura con planes específicos, que se han considerado de claro impacto sobre los usuarios del sistema sanitario, y dos ejes transversales, uno para desplegar los mecanismos de integración, coordinación y evaluación de la organización y otro para proporcionar el soporte interno y las herramientas para el desarrollo de los planes.

Por ejemplo: Plan de sostenibilidad y cambio de modelo sanitario o Plan de atención a la salud mental.

 

e) La estimación de los recursos necesarios para atender al cumplimiento de los objetivos propuestos, tanto en lo que se refiere a la organización y desarrollo de actividades, servicios, planes sectoriales y programas, como a los medios materiales y personales precisos.[14]

f) El calendario general de actuación.[15]

g) Los mecanismos de evaluación del desarrollo del Plan y, en su caso, los procedimientos previstos para la modificación del mismo.

➢ Puntos clave:

• ¿Qué analiza?

El PS contempla el análisis de los problemas de salud, de la atención sanitaria de la comunidad autónoma y de la situación de los recursos existentes, así como de la evaluación de los resultados de planes anteriores, el establecimiento de los objetivos de atención a la salud y las estrategias y planes específicos para su cumplimiento.

2.  El Plan de Salud deberá precisar, siempre que sea posible, las instituciones o entidades responsables del cumplimiento de los diferentes objetivos.

3.  El Plan de Salud establecerá sus contenidos principales agrupados según la tipología de las intervenciones y de acuerdo con la ordenación territorial de la Comunidad Autónoma.


[14] El Plan de Salud tiene carácter estratégico. Los planes específicos vinculados al mismo estarán supeditados a la financiación aprobada en el marco presupuestario de la comunidad autónoma para el período referido. Así pues, la viabilidad económica de este Plan se plantea vinculada a la disponibilidad presupuestaria, comenzando con la puesta en marcha de las actuaciones con poco coste o sin coste adicional, basadas en una mejora organizativa o de gestión y con los recursos humanos y materiales disponibles, y continuando, progresivamente y en la medida que lo permitan las condiciones presupuestarias, con aquellas actuaciones que se considera que puedan suponer un uso adicional de recursos significativo.
[15] Se puede ver el cronograma actual en el anexo I.

 

 

3.3 Procedimiento de elaboración.

 

Al igual que la administración está sujeta a nivel de contenido del Plan General, también tiene que guiar su actuación en el procedimiento de elaboración del Plan.

El procedimiento de elaboración se encuentra contemplado en el artículo 17 y se desglosa en tres puntos principales:

1. ¿Quién puede hacerlo?

2. ¿A quién tiene que tener en cuenta?

3. ¿Quién debe de aprobarlo?

4. ¿A quién tiene que remitirlo y para qué?

 

• Artículo 17 Procedimiento de elaboración.

1.  La elaboración del Plan de Salud de Castilla-La Mancha corresponde a la Consejería competente en materia de sanidad.

2.  En la elaboración del Plan se tendrán en cuenta las propuestas formuladas por los órganos de participación y dirección del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha.

3.  El Plan de Salud será aprobado por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha a propuesta de la Consejería competente en materia de sanidad previo informe del Consejo Económico y Social, y se remitirá a las Cortes Regionales para su conocimiento.

4.  El Plan de Salud de Castilla-La Mancha, una vez aprobado por el Consejo de Gobierno, será remitido al Ministerio competente en materia sanitaria para su inclusión en el Plan integrado de salud, en los términos previstos en el Capítulo IV del Título 111 de la Ley General de Sanidad.

 

 

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