• Artículo 11. Gerencias.
  1. Las gerencias son los órganos de dirección y gestión de los recursos, centros e instituciones que le sean asignados por la Dirección-Gerencia del Sescam en su ámbito correspondiente.
  2. Las gerencias se crean, modifican y suprimen por Orden de la Consejería competente en materia de asistencia sanitaria. Las personas al cargo de las gerencias ejercerán las siguientes funciones:
  3. a) La superior autoridad y responsabilidad en el ámbito de la misma.
  4. b) La ordenación de los recursos humanos, físicos, financieros de la gerencia, mediante la programación, dirección, control y evaluación de su funcionamiento con respecto a los servicios que presta.
  5. La estructura de las gerencias podrá tener distinta configuración según el volumen de gestión derivada del número y naturaleza de los centros de gestión existentes en cada uno de los ámbitos territoriales en los que ejerzan sus competencias. Asimismo, podrá acumularse en una sola persona el nombramiento como Gerente de aquellas gerencias cuyo ámbito de actuación corresponda al mismo territorio, sin perjuicio de la existencia de estructuras inferiores diferenciadas para cada una de ellas.
  6. Las gerencias de atención integrada son los órganos de dirección y gestión de los recursos y centros de atención primaria y especializada que les sean asignados por la Dirección-Gerencia del Sescam.
  7. Las gerencias de atención primaria son los órganos de dirección y gestión de los recursos y centros de atención primaria que les sean asignados por la Dirección-Gerencia del Sescam.
  8. Las gerencias de atención especializada son los órganos de dirección y gestión de los recursos y centros de atención especializada que les sean asignados por la Dirección-Gerencia del Sescam.
  9. Las gerencias de ámbito regional previstas en el artículo 2.b).4º que desarrollan sus funciones como órganos periféricos del Sescam son las siguientes:
  10. a) La Gerencia de Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario con atribuciones en materia de dirección y gestión de los recursos y centros que les sean asignados por la Dirección-Gerencia del Sescam para la atención de situaciones de urgencia, emergencia y catástrofe, así como el transporte sanitario, en coordinación con los recursos de las otras gerencias.
  11. b) La Gerencia de Coordinación e Inspección, con atribuciones en materia de dirección y gestión de los recursos para el cumplimiento de las funciones de inspección, coordinación y evaluación en el ámbito de sus competencias
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