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2. LOS ARCHIVOS PÚBLICOS

Los documentos forman los archivos, pero es preciso diferenciar los archivos públicos de los archivos privados, para lo cual vamos a seguir las definiciones de la Ley 19/2002

a) Archivos públicos:

Los archivos públicos integran toda la documentación generada y reunida por cada una de las distintas Administraciones Públicas a las que pertenecen aunque pueda encontrarse distribuida en distintos locales e instalaciones por razones de eficacia de los servicios públicos.

Los archivos públicos garantizan:

– La integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados.
– La transparencia y legalidad de las actuaciones de las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias
– El derecho de acceso de los ciudadanos a la información contenida en los archivos públicos.

Archivos públicos de Castilla-La Mancha

Art. 5 de ley 19/2002:

Son archivos de titularidad pública los conjuntos orgánicos de documentos, de cualquier época, producidos o reunidos en la Región por las siguientes personas y entidades:

a. Las Administraciones Públicas, y las Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas, así como las empresas públicas que de ellas dependan.
b. Las Corporaciones de Derecho Público de la Región, en lo relativo a los documentos generados o reunidos en el ejercicio de las funciones
públicas que tengan atribuidas.
c. Las personas físicas o jurídicas de carácter privado que ejerzan funciones públicas en virtud de cualquier título jurídico, en lo relativo a
los documentos generados o reunidos en el ejercicio de las funciones públicas que tengan encomendadas.

b) Son archivos de titularidad privada los conjuntos orgánicos de documentos producidos o reunidos por las personas físicas y jurídicas de carácter privado.[2]


[2] Artículo 11 de la Ley 19/2002. Integración en el Sistema de Archivos de Castilla-La Mancha:
. Todos los archivos privados podrán integrarse, por iniciativa de sus titulares, mediante autorización de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y previo informe del Consejo de Archivos de Castilla-La Mancha, en el Sistema de Archivos de Castilla-La Mancha, siéndoles de aplicación el mismo régimen de derechos y obligaciones que los archivos públicos.
. Los archivos privados que se integren en el Sistema disfrutarán de prioridad para la obtención de ayudas y subvenciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

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